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Cómo preparar y apostillar un poder otorgado en EE.UU. para usarlo en Colombia

Guía práctica · Publicado el 29 de julio de 2026

Antes de firmar, pida a la notaría, banco, registro, abogado o entidad colombiana que confirme el texto y las facultades necesarias.

Poder especial y poder general

El especial se limita a actos concretos. Un poder general puede requerir escritura pública. La apostilla no corrige una minuta incompleta ni confirma que las facultades sean suficientes.

Ruta consular

El otorgante puede reconocer la firma o formalizar la escritura correspondiente ante un consulado colombiano, llevando el documento en español y sin firmar cuando así lo indique la oficina.

Ruta notarial estadounidense

También puede firmarse ante un notario estatal y apostillarse en el estado donde está comisionado ese notario. Florida no apostilla firmas notariales de otro estado ni acepta fotocopias del original.

Traducción y envío

Un documento en otro idioma puede necesitar traducción oficial al castellano. Mantenga la apostilla unida al original y no altere el conjunto después de emitido.

Preguntas frecuentes

¿La apostilla valida el contenido?

No; autentica la firma o calidad del funcionario.

¿Florida apostilla un poder firmado en Nueva York?

No; corresponde a la autoridad de Nueva York.

¿Un modelo genérico sirve?

No necesariamente. El receptor debe confirmar acto, datos y facultades.

Fuentes oficiales

Consulado de Colombia en Miami · Florida Department of State

¿Necesita preparar estos documentos?

Envíenos el país de destino y una copia legible. Podemos ayudarle a identificar la ruta documental, apostilla o traducción aplicable.

Contenido informativo. Integramerica no es una firma de abogados y no brinda asesoría legal. Los requisitos y la aceptación final dependen de la autoridad receptora.